Aprueba Congreso Del Estado Iniciativa de Protección a las Mujeres Víctimas De Violencia

Aprueba Congreso Del Estado Iniciativa De La Diputada Yumiko Palomarez Para Incrementar Medidas De Protección En Favor De Las Mujeres Que Sean Víctimas De Violencia

Hermosillo, Sonora

Para brindar una mayor protección de la integridad física de las mujeres, diputados del Congreso del Estado aprobaron por unanimidad modificaciones a Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en Sonora, que consiste en ampliar la duración de las órdenes de emergencia hasta por 90 días, arrestar al agresor hasta por 36 horas y una sanción económica que va de 100 a 150 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

La iniciativa en materia fue presentada por la diputada de MORENA Yumiko Yerania Palomarez Herrera por El X distrito con cabecera en Hermosillo en sesión del pleno celebrada el 19 de febrero de 2019, la cual fue turnada a la Comisión para la Igualdad de Género.

En la exposición de motivos, Palomarez Herrera explicó que se busca ampliar la duración máxima de las órdenes de emergencia hasta un término de 60 días, con una prórroga de hasta 30 días más, a fin de brindar una mayor protección de la integridad física de las mujeres que se ven amenazadas principalmente por hombres y se encuentran en un alto grado de vulnerabilidad, con la posibilidad de sufrir daños serios en su persona y, en casos extremos, con el riesgo de perder sus propias vidas.

Además de arrestar al agresor hasta por 36 horas y aplicar una sanción económica que va de 100 a 150 Unidades de Medida y Actualización (UMA), para aquellas personas que caigan en desacato de las órdenes de protección de emergencia.

“Es común que el agresor normalmente pasando el plazo de 96 horas que actualmente prevé la Ley de vigencia a una orden de emergencia, vuelve a molestar a la víctima, por lo que resulta importante ampliar la vigencia de las órdenes de protección para lograr la eficacia de la medida de protección como actualmente lo mandata la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer”, señaló.

Así mismo, mediante la adición de un artículo 40 BIS, se establece el supuesto para que, en caso de negativa brindar las órdenes de protección de emergencia y preventivas, dicha acción será considerada violencia institucional, en los términos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Sonora.

“La discriminación y violencia contra las mujeres es una de las formas más dramáticas de desigualdad. No respetan las fronteras de los países y afectan a un sinnúmero de mujeres en todo el mundo”, mencionó.

La Violencia contra las Mujeres debe ser entendida como cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado, como en el público, sostuvo.

Con la aprobación de las adiciones a la Ley se abona a generar una mayor protección a la integridad física y emocional de las mujeres mediante la implementación de medidas de protección adecuadas para crear un ambiente de mayor tranquilidad y, por ende, un mejor desarrollo personal de las mujeres en nuestra entidad, puntualizó