Inconstitucional que Hacienda congele cuentas bancarias: Corte

CIUDAD DE MÉXICO

Por violar los principios de garantía de audiencia y presunción de inocencia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es inconstitucional el congelamiento de cuentas bancarias por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

De esta forma, a propuesta del ministro Jorge Pardo Rebolledo, la primera sala del máximo tribunal amparó a la empresa Soluciones y Estrategias Wirken contra el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, por considerar que invade la competencia del Ministerio Público en lo que se refiere a la facultad de investigar y perseguir los delitos.

“Quienes son afectados, no cuentan con la posibilidad real de una defensa ante la autoridad que impone la medida de suspensión de los clientes o usuarios, con respecto a los servicios y operaciones que les facilitan las instituciones de crédito,

Lo que, en cualquier caso, vulnera el artículo 14 constitucional ante la imprecisión de la supuesta temporalidad del bloqueo”, señaló Pardo Rebolledo.

Por mayoría de cuatro ministros, con el único en contra de la ministra Norma Piña, la Corte argumentó que todo aseguramiento lo puede decretar el Ministerio Público, no la autoridad hacendaria, si ello está relacionado con la comisión de un delito y su investigación, y no propiamente con un crédito fiscal o infracción administrativa.